Vino Parcialmente Desalcoholizado y Vino Desalcoholizado o Vino Sin Alcohol. Esas tres nuevas categorías se incorporan a la legislación que regula la producción de vino en la Argentina, a partir de una resolución del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) dada a conocer hoy, 20 de marzo, que incorpora los vinos sin alcoho a la Ley General de Vinos 14.878.
La resolución está a tono con la legislación de otros países, así como también con la Organización Internacional de la Viña y el Vino (OIV), que se hacen eco de la tendencia de muchos consumidores que buscan alternativas al vino en bebidas sin alcohol o de bajo contenido de alcohol.
“Es una actualización a la realidad que el mercado viene planteado desde hace un tiempo, que se trasluce en que hay un cambio generacional, con menor consumo de alcohol. La resolución habilita a que esos productos puedan desarrollarse y adaptarse a los nuevos mercados y consumidores. Esto no implica que la gente va a dejar de consumir el vino habitual; es una opción más y no es obligatoria”, comentó a diario La Nación Sergio Villanueva, presidente de la Unión Vitivinícola Argentina (UVA).
A través de un comunicado, el INV definió las distintas categorías de vino sin alcohol:
- VINO PARCIALMENTE DESALCOHOLIZADO: producto obtenido por desalcoholización parcial de vino que presenta una disminución del contenido alcohólico del vino por desalcoholización superior al veinte por ciento volumen (20 % vol.), siempre que su contenido alcohólico volumétrico final sea igual o superior a cero coma cinco por ciento volumen (0,5 % vol.)
- VINO DESALCOHOLIZADO o VINO SIN ALCOHOL: producto obtenido por desalcoholización del vino que presenta un contenido alcohólico menor a cero coma cinco por ciento volumen (0,5 % vol.).